Movilización temporal de bienes muebles patrimoniales fuera del territorio nacional y su retorno

Toda solicitud de salida temporal del país de bienes muebles patrimoniales, deberá presentarse en cualquier oficina zonal del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural con mínimo cuarenta y cinco (45) días calendario de antelación a la fecha de salida de los bienes muebles patrimoniales.

Corresponde a las personas, entidades o instituciones solicitantes:

a. Presentar en el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural la solicitud de autorización de salida temporal de bienes muebles patrimoniales, solicitud que deberá contener la siguiente información:

  • Nombre y dirección de las personas, entidades o instituciones solicitantes;
  • Justificación y tiempo por el cual se solicita la salida temporal;
  • Itinerario exacto de países, ciudades, lugares y fechas del movimiento de los bienes;
  • Fichas de inventario de los bienes muebles patrimoniales materia de movilización, aprobadas en el sistema SIPCE o registro validado por el INPC, de acuerdo con el proceso establecido en la presente normativa para validación temporal de registros de bienes muebles patrimoniales;
  • Facility Report (informe de condiciones e instalaciones del lugar donde permanecerán los bienes muebles patrimoniales);
  • Avalúo de los bienes muebles patrimoniales materia de salida.

b. Entregar la garantía una vez que el INPC haya emitido el informe técnico sobre el estado de conservación y avalúo para la obtención de la garantía correspondiente. Esta garantía deberá cubrir la totalidad de los montos establecidos en los avalúos y estará vigente desde el momento de la salida hasta su retorno al lugar de origen;

c. Facilitar los procesos de control técnico que el INPC deba realizar;

d. Informar al INPC sobre el retorno de los bienes muebles patrimoniales y solicitar fecha y hora para inspección técnica de los bienes.